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Acerca del margen de error de los radares

El pasado octubre un juzgado de Madrid anuló la sanción a un conductor que circulaba a 153 kilómetros por hora al estimar que la DGT aplicó los márgenes de error de una norma que no se aplica desde 2006.

Esta sentencia judicial no es la primera que se anula porque el radar no aplicó el margen de error, pero según la asociación Automovilistas Europeos Asociados (AEA) pone en cuestión más de 500.000 sanciones de tráfico impuestas en España en las que el margen de error no estaba bien aplicado.

 

 

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Y es que los márgenes que se aplicaban hasta diciembre de 2006, eran de un kilómetro por hora para velocidades hasta 100 kilómetros por hora y de 3 para velocidades por encima de 100 kilómetros. A partir de esa fecha, los márgenes se fijaron en un tope de 4 kilómetros por hora para velocidades hasta 100 kilómetros por hora y de 7 para velocidades superiores.

Así que, si te llega una multa, lo primero que tienes que hacer es ver si ha prescrito. Y lo segundo, ver si los márgenes han sido bien aplicados. ¡A lo mejor hay suerte!

 

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